Finalmente, más de un año después de que el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad se pronunció favorablemente sobre el Proyecto Definitivo, la Norma de Emisión de Olores para el Sector Porcino en Chile ya está publicada en el Diario Oficial, y por tanto, a partir de hoy, hay una nueva legislación y límites de olor para el sector porcino en Chile.
La Norma de Emisión de Olores para el Sector Porcino será aplicable para todo el territorio chileno, para las fuentes emisoras definidas como planteles (granjas) de crianza, engorde y/o reproducción de animales porcinos cuya cantidad sea igual o superior a 750 animales y cuyo peso sea superior a 25 kilogramos. Se establecen tres tipos de fuentes emisoras. Aquellos planteles/granjas de entre 750 y 25.000 animales se consideran fuentes emisoras pequeñas, los de en 25.000 y 50.000 como medianas, y de más de 50.000 animales, como fuentes emisoras grandes. Además, también se establecen ciertas diferencias entre los planteles/granjas existentes y los nuevos.
Tabla 1: Resumen de los límites de la nueva normativa para el sector porcino chileno.
N.º animales |
Fuente emisora |
||
Tamaño |
Existente |
Nueva |
|
>=750 y <=25.000 |
Pequeña |
Reducir TEO(1) en laguna purines un 70% |
(2) 10 ouE/m³ P98 |
>25.000 y <=50.000 |
Mediana |
Reducir TEO(1) en laguna purines un 75% y un 60% en área de compostaje |
(2) 10 ouE/m³ P98 |
>50.000 |
Grande |
(2) 8 ouE/m³ P95 |
(2) 8 ouE/m³ P98 |
Durante el desarrollo del anteproyecto, se han ido modificando varios de los puntos importantes de esta nueva norma. Anteriormente, los planteles/granjas se clasificaban por número entre 750 y 12.500, entre 12.500 y 25.000 o más de 25.000. Además de la clasificación, los límites en los receptores se establecían en 3 o 5 unidades de olor, en función si la actividad era existente o no, para actividades de más de 25.000 cerdos. Estos son solo algunos de los cambios que ha sufrido la norma a lo largo de su desarrollo, hasta el día 6 de febrero de 2023, cuando ha sido publicada en el Diario Oficial, y por tanto, ya es ley.
Otra noticia relevante es que también desde el 6 de febrero, ya está disponible para consulta pública el “Anteproyecto de norma de emisión de contaminantes en plantas de harina y aceite de pescado y plantas de alimento para peces”, que contará con un plazo de sesenta (60) días hábiles, donde cualquier persona natural o jurídica podrá formular observaciones al anteproyecto, las que deberán ser fundadas y presentadas a través de plataforma electrónica.
Como sabéis, el Gobierno chileno viene siguiendo una Estrategia para la Gestión de Olores en Chile desde el año 2014, a raíz principalmente del caso Freirina, en la que se estableció una priorización de las actividades potencialmente generadoras de olores:
- Planteles porcinos (norma publicada el 6 de febrero de 2023)
- Procesamiento de productos del mar (anteproyecto publicado el 6 de febrero de 2023)
- Planta de tratamiento de aguas servidas
- Plantas de celulosa
- Sitios de disposición final de residuos
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